Justicia condenó al Resort & Spa Panimávida por discriminación a pareja gay
Roberto Ampuero, uno de los dos jóvenes discriminados en el hotel, aseguró que el fallo es fundamental, ya que “es necesario que las personas de la diversidad sexual nos sintamos seguras de poder demostrar nuestro amor en público, porque las familias diversas existimos y no tenemos que escondernos por miedo a que vulneren nuestros derechos” y agregó que “este caso demuestra que se puede hacer justicia frente a agresiones y esperamos que sean más las personas que se atrevan a tomar acciones legales que permitan que cada día se reduzcan este tipo de ataques”.
El 26° Juzgado Civil de Santiago condenó al dueño del centro turístico Roberto Movillo al pago de 50 UTM (alrededor de 3 millones y medio de pesos) y a no volver a cometer conductas discriminatorias por la orientación sexual de los pasajeros del recinto, por considerar que cometió una discriminación arbitraria contra la pareja, así como también una vulneración a sus derechos como consumidores.
El domingo 01 de julio de 2018 Roberto Ampuero —activista de Fundación Iguales— y su pololo, Felipe Vigouroux fueron discriminados por el dueño del Resort & Spa Panimávida, Roberto Movillo, quien los conminó a ‘comportarse’, dejar de besarse en los espacios públicos del recinto o a abandonar el recinto en el cual tenían una reserva vigente hasta el 2 de julio.
Ante esto, Fundación Iguales se hizo parte de una denuncia contra Movillo, amparados en la Ley Antidiscriminación por considerar que los hechos vividos por Ampuero y Vigouroux constituían una discriminación arbitraria y, además, en la Ley del Consumidor, que establece normas de protección de los consumidores. Fue así que “solicitan (al Tribunal) se declare que la demandada ha incurrido en una conducta de discriminación arbitraria, y se disponga que cualquier acto de discriminación análogo al sufrido por ellos no puede reiterarse en el futuro, y, a la vez, que la condene al pago de una multa a beneficio fiscal de 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), o la suma que el Tribunal estime, con costas”.
SENTENCIA
En la sentencia el tribunal estableció que “de la mera lectura del informe evacuado por la demandada, donde reconoce expresamente el señor Movillo, que les reprochó a los actores besarse en público, se concluye que los demandantes fueron víctimas de un acto de discriminación arbitraria, pues, besarse en público en pleno siglo XXI, no es un acto que en la actualidad, al menos en Chile, atente contra la moral y las buenas costumbres, por tanto, el prohibirles hacerlo, solo estuvo motivado por su orientación sexual, lo que sí es un acto discriminatorio y vulnera el principio de la igualdad ante la ley, establecido en la Constitución Política de la República y normas referidas precedentemente”.
Es así como la Justicia ordenó al Resort & Spa Panimávida “en el futuro, no vuelva a reiterar dicha conducta discriminatoria” y condenó al pago de una multa de 50 UTM -con beneficio fiscal como determina la Ley Antidiscriminación- con un plazo máximo de 45 días desde que el fallo se encuentre ejecutoriado.
FUNDACIÓN
Para el director jurídico de Fundación Iguales, Jorge Lucero, “el fallo de primera instancia en contra de Resort & Spa Panimávida (Hotelera Linamavida Limitada), marca un hito importante en el respeto al ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución. El reconocimiento por parte del tribunal, que las muestras de afecto entre dos personas del mismo sexo, no son atentatorias a la moral y a las buenas costumbres, deja de manifiesto que el pensamiento relativo a la diversidad sexual, al fin está cambiando en Chile”.
Sostuvo que “sin perjuicio de celebrar el fallo, no podemos dejar de mencionar que la Ley Antidiscriminación, requiere de ciertas modificaciones. En ese sentido, consideramos que debería tener un espíritu preventivo ante los actos discriminatorios, basándose en la creación de herramientas que puedan ser entregadas a un órgano existente u otro nuevo. Además, debemos considerar que las medidas que establece la ley deberían establecer indemnizaciones orientadas a reparar el daño sufrido por las víctimas y ser más severas en contra de aquellos/as que cometan actos discriminatorios”.
AFECTADO
Para Roberto Ampuero, uno de los dos jóvenes discriminados en el hotel, aseguró que el fallo es fundamental, ya que “es necesario que las personas de la diversidad sexual nos sintamos seguras de poder demostrar nuestro amor en público, porque las familias diversas existimos y no tenemos que escondernos por miedo a que vulneren nuestros derechos” y agregó que “este caso demuestra que se puede hacer justicia frente a agresiones y esperamos que sean más las personas que se atrevan a tomar acciones legales que permitan que cada día se reduzcan este tipo de ataques”.
HOTELERA
La Hotelera Panimávida no se ha referido a esta sentencia contra el empresario Roberto Movillo. Este dictamen podría ser apelado por la parte demandada.