Abogada desestima inacción y nepotismo en caso de prima de gobernador regional del Maule
“El nepotismo no se configura por el solo vínculo familiar, sino por acciones específicas (designación, contratación, promoción o intervención parcial) contrarias a la probidad. Su publicación no describe ni acredita ningún acto de esa naturaleza; en cambio, construye el juicio de “nepotismo” desde una supuesta falta de resolución. Adicionalmente, mi representada se desempeña como funcionaria del Gobierno Regional hace 10 años, es decir, con mucha anterioridad al ejercicio del cargo por el actual Gobernador Regional, lo que refuerza la falta de sustento de la insinuación de favorecimiento”, planteó la jurista
Autor: septimapaginanoticias.cl
A través de una carta oficial al Diario Digital Séptima Página Noticias, la abogada María Jesús Franco Tapia, que representa a la funcionaria del Gobierno Regional del Maule, María Loreto Villagrán Ramírez, se refirió a la situación que enfrenta su representada, que es prima del gobernador Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez.
La jurista, en virtud de las facultades que otorga la Ley N° 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, se refirió a la publicación titulada “Denuncian presunto nepotismo en el Gobierno del Maule por inacción en sumarios contra familiar directo del gobernador regional…”.
NO HAY INNACIÓN
“Primero no es efectivo ni verificable afirmar ‘inacción’ como hecho. Los procedimientos disciplinarios se desarrollan por etapas y bajo controles propios del Estatuto Administrativo. A mayor abundamiento, prensa regional tras entrevistas al Gobernador, señaló que los sumarios fueron realizados y remitidos a Contraloría para toma de razón de la Contraloría, lo que es incompatible con la tesis de ‘inacción’ presentada como certeza, además que cuenta con la representación de nuestro estudio jurídico. En consecuencia, su nota presenta como hecho una conclusión que, a lo menos, es discutida y no acreditada”, planteó María Jesús Franco Tapia.
NO HAY NEPOTISMO
Respecto, del presunto nepotismo, dijo que “el nepotismo no se presume por parentesco: requiere actos concretos de favorecimiento indebido, inexistentes en la nota. El nepotismo no se configura por el solo vínculo familiar, sino por acciones específicas (designación, contratación, promoción o intervención parcial) contrarias a la probidad. Su publicación no describe ni acredita ningún acto de esa naturaleza; en cambio, construye el juicio de ‘nepotismo’ desde una supuesta falta de resolución. Adicionalmente, mi representada se desempeña como funcionaria del Gobierno Regional hace 10 años, es decir, con mucha anterioridad al ejercicio del cargo por el actual Gobernador Regional, lo que refuerza la falta de sustento de la insinuación de favorecimiento”, detalló.
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Finalmente, la abogada expresó que “no corresponde presentar públicamente estados o conclusiones tras una denuncia como si fuesen verificaciones oficiales, menos aún para sostener imputaciones de trato preferente”.