Rentería promueve obligatoriedad de que establecimientos educacionales cuenten con una sala de primeros auxilios
La iniciativa promueve una modificación en la Ley general de Educación, para exigir una sala de primeros auxilios en todos los establecimientos educacionales, para atender accidentes en los niveles de párvulos, básica y media, que sea atendida al menos por personal paramédico y equipada con elementos básicos para prestar primeros auxilios, incluyendo: desfibrilador, suero fisiológico, apósitos estériles, gasas, vendas y guantes de procedimiento.
El diputado de la UDI, Rolando Rentería, junto a la bancada gremialista, presentó esta semana un proyecto de ley que exige a los establecimientos educacionales el contar con un espacio de enfermería que cuente con el equipamiento necesario para hacer frente a eventuales accidentes y hechos similares con el objeto de prestar los primeros auxilios necesarios e imprescindibles al afectado.
El legislador explicó que “no vemos ni en la ley, ni en otras normas reglamentarias, la existencia de una obligación de personas capacitadas, ni un espacio para asistir a los accidentados en colegios, es decir, de una enfermería y personal especializado, dedicado a prestar los primeros auxilios frente a un hecho lamentable como un accidente al interior de tales establecimientos”.
“Por ello”, continuó Rentería, “es necesario que cada establecimiento educacional cuente con una infraestructura mínima destinada a atender eventos urgentes, vinculados a accidentes o sucesos de ese tipo, a objeto de atender eficientemente a los afectados en los primeros instantes de ocurridos estos lamentables sucesos”.
“La presencia de niños y la ejecución de actividades físicas por parte de los alumnos, constituye una situación que por sus características introduce factores de riesgo que preciso acometer desde el primer momento, para luego ser derivado el accidentado a los centros asistenciales generales”, subrayó finalmente el parlamentario del Maule Sur.
La iniciativa promueve una modificación en la Ley general de Educación, para exigir una sala de primeros auxilios en todos los establecimientos educacionales, para atender accidentes en los niveles de párvulos, básica y media, que sea atendida al menos por personal paramédico y equipada con elementos básicos para prestar primeros auxilios, incluyendo: desfibrilador, suero fisiológico, apósitos estériles, gasas, vendas y guantes de procedimiento.