La noche de furia de “El Rumpy”

La audiencia fue presidida por la juez de garantía Claudia Olea quien acogió las medidas cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas por el plazo que dure la indagación, es decir, dos meses. Tras lo anterior “El Rumpy” quedó en libertad.


                          Formalizado por amenazas simples en audiencia pública y con las cautelares de arraigo nacional (no puede salir del país) y prohibición de acercarse a las víctimas quedó el reconocido personaje linarense “El Rumpy”.

El sujeto fue detenido la noche del lunes recién pasado, a eso de las 22:30 horas, tras protagonizar una “noche de furia” en contra de la familia que vive colindante a su mediagua al interior de la “Quinta Municipal”, en el sector de Nuevo Amanecer.

Según lo indicado por el fiscal de turno en la audiencia pública “El Rumpy” amenazó de muerte al matrimonio e hijos que cuida la cancha del “Club Municipal”. No conforme con lo anterior tomó un balde y lanzó excremento humano a una ventana que da al dormitorio de las víctimas.

Tras la denuncia, al lugar debieron llegar dos carros policiales de Carabineros de Chile para poder detenerlo, y derivarlo a la correspondiente audiencia de control de la detención.

AMENAZAS SIMPLES

La audiencia fue presidida por la juez de garantía Claudia Olea quien acogió las medidas cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas por el plazo que dure la indagación, es decir, dos meses. Tras lo anterior “El Rumpy” quedó en libertad.

El imputado vive a 50 metros de las víctimas. Dado lo anterior el municipio se encuentra analizando la posibilidad de trasladar al “Rumpy” desde este lugar.

En su defensa el acusado expresó que “estaba bajo los efectos del alcohol y acato lo dictaminado por la justicia”.

 

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Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra (Artículo 4 del Código Procesal Penal)